Regulación 4 : ESTADO LEGAL DE LOS JUGADORES, CONTRATOS DE JUGADORES Y MOVIMIENTO DE JUGADORES
REGULACIÓN 4. ESTADO LEGAL DE LOS JUGADORES, CONTRATOS DE JUGADORES Y MOVIMIENTO DE JUGADORES
4.1 El Rugby está abierto a todos y las Personas pueden recibir Beneficios Materiales a pesar de que para la mayoría de los que participan en el Juego seguirá siendo una actividad recreativa no vocacional.
4.2 Las disposiciones de esta Regulación 4 tratan sobre el estado legal y elegibilidad de los Jugadores y el movimiento de Jugadores de una Unión a otra.
4.3 Subordinado a la Regulación 4.4 abajo, cada Unión proveerá su propio sistema para el movimiento de Jugadores dentro de su jurisdicción. Tal sistema será reglamentado por regulaciones apropiadas que serán proporcionadas a World Rugby si fueran requeridas.
4.4 Las regulaciones a las que se refiere la Regulación 4.3 incluirán las Regulaciones y observarán los principios generales establecidos en las Regulaciones 4.5, 4.8.1 y 4.9.
4.5 Estado legal de Jugadores y Contratos con Beneficio Material
4.5.1 Subordinado a la Regulación 4.5.10:
(a) un Jugador puede recibir un Beneficio Material de una Unión;
(b) una Unión puede permitir a cualquier Organismo de Rugby o Club miembro de esa Unión que proporcione un Beneficio Material a cualquier Jugador;
(c) cualquier Jugador que reciba Beneficio Material de una Unión, Organismo de Rugby o Club debe tener vigente un contrato escrito con tal Unión, Organismo de Rugby o Club.
4.5.2 Si una Unión concede el permiso como se describe en 4.5.1 (b), entonces antes de que entre en vigencia dentro de esa Unión cualquier contrato escrito entre un Organismo de Rugby o Club y un Jugador, el contrato escrito debe:
(a) ser acordado entre las partes pertinentes;
(b) ser acordado por un período predeterminado; y
(c) efectuarse en un formulario aprobado por la Unión tal como se notificó por escrito al Organismo de Rugby o Club.
Se entregará una copia de ese contrato escrito a la Unión involucrada y, si lo solicita, se pondrá a disposición de World Rugby.
4.5.3 Sólo acuerdos escritos (excluidos los términos financieros) en un formulario aprobado por escrito y distribuidos por la Unión en cuyo territorio el Jugador está Registrado, serán usados por los Organismos de Rugby y/o Clubes y reconocidos por la Unión y/o World Rugby.
4.5.4 Solo los Jugadores con acuerdos escritos que estén en un formulario aprobado y distribuido por la Unión involucrada, serán elegibles para participar en competiciones organizadas, reconocidas o aprobadas por esa Unión.
4.5.5 Ninguna Unión, Organismo de Rugby o Club será parte de algún acuerdo y/o arreglo escrito de cualquier tipo que incluya y/o de algún modo facilite la influencia y/o control de terceros sobre la relación en el juego de un Jugador con su Unión, Organismo de Rugby o Club y/o su Registración.
4.5.6 Sólo los Jugadores Registrados en ese momento en una Unión estarán habilitados para participar en competiciones organizadas, reconocidas o aprobadas por esa Unión [1]
4.5.7 Los Jugadores que están Registrados y que en ese momento estén recibiendo o hayan recibido Beneficios Materiales serán considerados Jugadores Contratados (salvo aquellos Jugadores que ya no son más catalogados como Jugadores Contratados de acuerdo con las disposiciones de la Regulación 4.8.1). Todos los otros Jugadores que están Registrados serán considerados Jugadores No Contratados.
4.5.8 Un Jugador no puede estar registrado simultáneamente en más de una Unión, a menos que sea menor de 18 años o esté catalogado como un estudiante que ha alcanzado la mayoría de edad y es un estudiante full time (“Estudiante”) que para que no haya dudas excluye al Jugador Contratado; o ha alcanzado la mayoría de edad y es un miembro a tiempo completo de las fuerzas armadas (“Militar”).
4.5.9 A los efectos de la Regulación 4.5.8, la Unión de Origen del Jugador tiene la absoluta libertad para rechazar el permiso de Doble Registración de un Estudiante o Militar (según sea el caso). Sólo los jugadores que son Estudiantes o Militares están autorizados a solicitar el permiso de Doble Registración. Cuando un jugador que sea Estudiante o Militar recibe el permiso de Doble Registración por parte de su Unión de Origen:
(a) La Doble Registración no equivale a un Pase en los términos de la Regulación 4.6 y debe ser:
(i) Por no más de doce meses[2] ; y
(ii) Por medio del Formulario Standard de Doble Registración.
(b) La Unión en la cual el Jugador primero fue Registrado conserva todos los derechos relacionados con el Jugador involucrado, incluyendo pero sin estar limitado a ello, el derecho de reclamar compensaciones respecto del Jugador conforme la Regulación 4.7.
4.5.10 Cuando deje su Unión Actual un Jugador no será considerado un Jugador Contratado a menos que el Jugador haya sido Registrado como tal en esa Unión.
4.5.11 Cada Unión mantendrá un registro de todos los Jugadores Contratados y todos los Jugadores con Doble Registración bajo su jurisdicción y permitirá el acceso, y/o copias de tal fichaje (o de cualquier parte del mismo) a pedido de World Rugby.
4.5.12 Ninguna Unión, Organismo de Rugby o Club efectuará un contrato con cualquier Jugador que permita al Jugador recibir Beneficio Material excepto que:
(a) tal Jugador haya alcanzado la mayoría de edad contractual dentro de la jurisdicción de esa Unión, Organismo de Rugby, o Club; o
(b) en el caso de Jugadores por debajo de la mayoría de edad contractual que tengan 16 años o más, excepto que tal Beneficio Material tome la forma de una beca financiera no reintegrable para ser aplicada solamente con el propósito de capacitación académica y/o vocacional del Jugador por un período de 12 meses o más.
4.5.13 Cada Unión está autorizada a establecer regulaciones adecuadas relacionadas con la registración y desarrollo de Jugadores por debajo de la mayoría de edad contractual dentro de la jurisdicción de esa Unión.[3]
4.5.14 Cualquier regulación establecida por una Unión en conformidad con la Regulación 4.5.13 debe ser presentada a World Rugby a requerimiento de World Rugby.
4.6 Movimiento de Jugadores entre Uniones
4.6.1 Un Jugador que deja o que se propone dejar su Unión Actual para jugar en otra Unión no será Registrado ni será elegible para participar en competiciones organizadas, reconocidas o aprobadas por esa Nueva Unión hasta que la Nueva Unión haya recibido la versión original (o una copia por facsímil de la versión original) del Pase [4]
4.6.2 La Nueva Unión debe enviar a World Rugby, a su solicitud, una copia del Pase y una copia adicional debe permanecer en la Unión Actual del Jugador.
4.6.3 La Unión Actual del Jugador no deberá autorizar la emisión de un Pase si ese Jugador está suspendido disciplinariamente, excepto que tal suspensión sea por un período de cinco semanas o menos y la Nueva Unión haya confirmado por escrito que le impondrá al Jugador una suspensión por un período equivalente a lo que resta de la suspensión, para la competición(es) para la que la Nueva Unión lo va a registrar.
4.6.4 La Unión Actual del Jugador está autorizada a negarse a dar su consentimiento para la emisión de un Pase si el Jugador involucrado no ha cumplido alguna de sus obligaciones bajo los términos de su contrato con su Unión Actual, Organismo de Rugby o Club.
4.6.5 Salvo en las circunstancias establecidas en las Regulaciones 4.6.3 y 4.6.4, la Unión Actual de un Jugador no está autorizada a negarse a dar su consentimiento para la emisión de un Pase.
4.6.6 La Unión Actual del Jugador Contratado deberá indicar en el Pase el período de descanso que el Jugador Contratado ha tenido en los 12 meses precedentes.
4.6.7 Las disputas relacionadas con la emisión de un Pase serán elevadas solamente por las Uniones o Asociaciones, al CEO el cual, por vía del Presidente del Panel Judicial, o de su representante, elevará tales disputas a un Oficial Judicial o Comisión Judicial para ser tratada de acuerdo con lo estipulado en la Regulación 20.9.
4.7 Compensación por el Desarrollo de Jugadores
4.7.1 Un Jugador Contratado no deberá pasar a otra Unión, Organismo de Rugby o Club durante el período de su contrato escrito salvo que la Unión, Organismo de Rugby o Club por el cual está contratado, la Unión, Organismo de Rugby o Club al que se propone incorporar, y el Jugador mismo, estén de acuerdo. Cualquier compensación a ser abonada en esos casos será acordada entre las partes pertinentes involucradas.
4.7.2 En reconocimiento a la inversión hecha por las Uniones, Organismos de Rugby o Clubes (según sea el caso) en el entrenamiento y/o desarrollo de Jugadores, cuando
(a) un Jugador Contratado cuyo acuerdo escrito ha expirado efectúa un contrato escrito por primera vez con una Unión, Organismo de Rugby o Club fuera de su Unión de Origen, su Unión de Origen (u Organismo de Rugby o Club miembro de su Unión de Origen según sea el caso) tendrá derecho a una compensación por su entrenamiento y/o desarrollo;
(b) un Jugador No Contratado efectúa un contrato escrito por primera vez con una Unión, Organismo de Rugby o Club fuera de su Unión de Origen, su Unión de Origen (u Organismo de Rugby o Club miembro de su Unión de Origen según sea el caso) tendrá derecho a una compensación por su entrenamiento y/o desarrollo; y
(c) un Jugador No Contratado sale de su Unión de Origen y mantiene su estado legal de Jugador No Contratado, entonces, subordinado a la Regulación 4.8.3, la Unión de Origen del Jugador (u Organismo de Rugby o Club miembro de su Unión de Origen según sea el caso) no deberá reclamar compensaciones.
4.7.3 Las disputas sobre qué Unión constituye la Unión de Origen del Jugador a fin de determinar el derecho de compensación por entrenamiento y desarrollo de un Jugador, serán elevadas solamente por las Uniones o Asociaciones al CEO, el cual, por vía del Presidente del Panel Judicial, o de su representante, elevará tales controversias a un Oficial Judicial o Comisión Judicial para ser tratadas de acuerdo con lo estipulado en la Regulación 20.9. Para determinar tales derechos, el Oficial Judicial o la Comisión Judicial, considerará, en particular, los siguientes factores:
(a) cantidad de tiempo en que el Jugador entrenó con la Unión, Organismo de Rugby o Club pertinente;
(b) gastos reales de entrenamiento incurridos por la Unión, Organismo de Rugby o Club pertinente;
(c) calidad y regularidad del entrenamiento llevado a cabo; y
(d) progreso del Jugador durante su estadía en la Unión, Organismo de Rugby o Club pertinente.
4.7.4 El monto de la compensación a pagar conforme la Regulación 4.7.2, deberá calcularse según la Figura 1:
Figura 1
A = B x C
Donde
A = compensación a pagar;
B = Inversión Anual por Desarrollo Standard de £5,000[5];
C = cantidad de años, entre las edades de 17 y 23 años, que un jugador ha estado involucrado en programas de desarrollo de la Unión Actual
Para ver ejemplos de la fórmula consultar la Sección 7 de la Nota Aclaratoria a la Regulación 4.
4.7.5 El valor de Inversión Anual por Desarrollo Standard representa el nivel promedio de financiación por Jugador atribuible a programas de desarrollo en Uniones de los niveles de Alto Rendimiento y Rendimiento de World Rugby.
Los factores que siguen constituyen una guía sobre lo que está incluido en Inversión Anual por Desarrollo Standard:
(a) Costos reales e identificables de entrenamiento en relación con el desarrollo del Jugador incurridos por la Unión, Organismo de Rugby o Club (según el caso) incluidos, sin limitación:
(i) salario proporcional o compensación pagada a entrenadores;
(ii) cama y comida;
(iii) gastos proporcionales en infraestructura de entrenamiento (por ejemplo, alquiler de instalaciones, equipamiento);
(b) Otros gastos generales que puedan ser atribuidos en todo o en parte a la educación, entrenamiento y desarrollo en el Rugby del Jugador; y
(c) Gastos de reunión del Segundo Equipo Representativo Nacional de quince jugadores de Mayores, el Equipo Representativo Nacional de Seven de Mayores y los Equipos Juveniles Nacionales.
Para que no haya dudas los siguientes ítems están específicamente excluidos de la Inversión Anual por Desarrollo Standard:
(d) Gastos médicos y gastos no específicos del rugby (por ejemplo: cuotas escolares, y otros gastos educativos);
(e) Gastos de competiciones nacionales e internacionales; y
(f) Gastos de reunión de equipos de club locales y equipos de club internacionales.
4.7.6 La cantidad de años que el Jugador ha pasado cumpliendo programas de desarrollo de la Unión Actual es el componente clave del cálculo. Es reconocido que existe un período definido en el que las Uniones invierten en el desarrollo del Jugador y esto se considera que abarca la etapa entre los 17 y los 23 años. Por lo tanto durante el período definido de desarrollo hay un máximo de inversión de siete años en el desarrollo del Jugador.
4.7.7 Cualquier desacuerdo relativo al monto de la compensación a pagar conforme la Regulación 4.7.2 y la Figura 1 por el entrenamiento y/o desarrollo de un Jugador podrá ser elevado por las Uniones o Asociaciones solamente, al CEO el cual vía el Presidente del Panel Judicial o su representante, remitirá al asunto a un Oficial Judicial o Comisión Judicial para ser tratado de acuerdo con las disposiciones de la Regulación 20.9.
4.7.8 Cualquier desacuerdo entre las partes pertinentes relacionado con al pago de compensaciones por entrenamiento y/o desarrollo de un Jugador no afectará la actividad en el juego del Jugador y el Pase no puede ser rechazado por esta razón.
4.7.9 La compensación por el entrenamiento y desarrollo de un Jugador será pagado por el Organismo de Rugby o Club (según el caso) al cual el Jugador va a pasar a la Unión de Origen del Jugador.
4.7.10 Cada Unión estará autorizada a establecer sus propias regulaciones para la distribución de los pagos por compensaciones recibidos por ella, a los Organismos de Rugby y Clubes en membresía o de otra manera.
4.7.11 Cuando un Organismo de Rugby o Club deba pagar una compensación por el entrenamiento y desarrollo de un Jugador, entonces la Unión a la cual ese Organismo de Rugby o Club está afiliado, será, en caso de incumplimiento o no presentación por parte de ese Organismo de Rugby o Club, responsable del pago de la compensación en carácter de deudora principal.
4.8 Cambio de Estado legal del Jugador
4.8.1 Un Jugador que ha sido Registrado como un Jugador Contratado seguirá siendo clasificado como Jugador Contratado hasta que haya pasado un período de 12 meses, desde la fecha en que ese Jugador jugó su último Partido mientras estaba registrado como Jugador Contratado.
4.8.2 Subordinado a la Regulación 4.7.2(a), si, dentro de los tres años de la fecha en que un Jugador Contratado jugó su último Partido mientras estaba registrado como Jugador Contratado, efectúa un contrato escrito con una Unión diferente, entonces su Unión de Origen (u Organismo de Rugby o Club en membresía con su Unión de Origen) tendrá derecho a una compensación por su entrenamiento y/o desarrollo.
4.8.3 Subordinado a la Regulación 4.7.2(b) si, dentro de los tres años de la fecha en que un Jugador No Contratado deja su Unión de Origen, efectúa un contrato escrito con una Unión diferente, entonces su Unión de Origen (u Organismo de Rugby o Club en membresía con su Unión de Origen, según el caso) tendrá derecho a una compensación por su entrenamiento y/o desarrollo.
4.8.4 Antes de que cambie el estado legal de un Jugador conforme a las Regulaciones 4.8.2 o 4.8.3, la Unión en la cual el Jugador va a ser Registrado deberá notificar a la Unión de Origen del Jugador.
4.9 Acercamiento a Jugadores Contratados o a otras Personas Contratadas [6]
SECCIÓN 1. LINEAMIENTOS PARA LAS UNIONES SOBRE EL DESARROLLO DE JUGADORES JÓVENES
A. Introducción – Misión
World Rugby ha desarrollado los Lineamientos para el desarrollo de jugadores jóvenes, para asistir a las Uniones en el diseño de programas para el desarrollo y entrenamiento de jugadores jóvenes dentro de su jurisdicción, incorporando un Protocolo de Jugadores Jóvenes y una Nota Aclaratoria sobre compensaciones por actividades de entrenamiento y desarrollo de jugadores jóvenes.
El objetivo de World Rugby al producir estos Lineamientos es:
(i) alentar a Uniones, Clubes, Organismos de Rugby, escuelas y colegios a atraer tantos jugadores jóvenes como sea posible, para participar en el deporte del Rugby sin perjuicio de sus necesidades educativas;
(ii) alentar la introducción de programas de coaching y entrenamiento que promuevan el desarrollo de jugadores jóvenes; y,
(iii) retribuir a Uniones, Clubes y Organismos de Rugby que asuman el compromiso e inviertan en el desarrollo de futuras generaciones de jugadores de Rugby.
B. Enfoque Integrado
Las Uniones, Clubes y Organismos de Rugby deben trabajar y actuar conjuntamente con escuelas, colegios y Clubes, en todos los niveles, para garantizar que el Rugby de Uniones sea percibido como una experiencia positiva para potenciales jugadores jóvenes. Las Uniones, Clubes y Organismos de Rugby deben también trabajar para establecer y mantener buenas relaciones con las escuelas, colegios y centros comunitarios locales, para alentar la participación y contribuir a minimizar el conflicto potencial entre los intereses y actividades del rugby representativo/escolar y el rugby de Club, prestando particular atención a los peligros de la sobrecarga en la actividad.
C. Centros de Entrenamiento Autorizados
Las Uniones pueden operar Centros de Entrenamiento Autorizados y/o aprobar que los Organismos de Rugby o Clubes en membresía operen Centros de Entrenamiento Autorizados, en los cuales los jugadores jóvenes puedan recibir servicios de coaching y entrenamiento. Las Uniones deben diseñar formularios de solicitud para ser completados por los Organismos de Rugby y Clubes en membresía que deseen operar un Centro de Entrenamiento Autorizado. El número de Centros de Entrenamiento Autorizados en una Unión y las condiciones conforme las cuales una Unión otorgará el permiso para operar un Centro de Entrenamiento Autorizado, serán determinados por esa Unión. Sin embargo, los Requisitos Fundamentales establecidos en la sección D, deben ser satisfechos antes de que una Unión pueda operar y/o aprobar que un Centro de Entrenamiento Autorizado sea operado por un Organismo de Rugby o Club dentro de su jurisdicción.
Una Unión solamente puede operar o efectuar arreglos para hacer operar, un Centro de Entrenamiento Autorizado y/o conducir cualquier otro programa de desarrollo, entrenamiento o juego, dentro de sus propios límites geográficos. Los Organismos de Rugby o Clubes sólo pueden operar o hacer arreglos para que se operen Centros de Entrenamiento Autorizados, y/o conducir cualquier otro programa de desarrollo, entrenamiento o juego, dentro de los propios límites geográficos de la Unión a la cual el Organismo de Rugby o Club está afiliado.
Las Uniones deben encarar anualmente un análisis del rendimiento de cada Centro de Entrenamiento Autorizado dentro de su jurisdicción para determinar si ese Centro de Entrenamiento debe mantener su condición de Centro de Entrenamiento Autorizado. Adicionalmente a los Centros de Entrenamiento Autorizados, las Uniones deben alentar y promover la participación en el Rugby y el desarrollo de jugadores jóvenes por otros medios.[7] Esto puede incluir, pero no debe limitarse, al mini-rugby, el rugby juvenil y al rugby escolar organizado por Clubes u Organismos de Rugby registrados en la Unión. Todos esos partidos o actividades relacionadas con el coaching/entrenamiento deben estar adecuadamente regulados para garantizar que la salud y bienestar de los jugadores jóvenes esté debidamente protegida en todo momento. Al respecto las Uniones deben atender en particular los Requisitos Fundamentales establecidos en la sección D que incluyen, sin limitarse a:
(a) implementar políticas apropiadas de Protección de la Infancia que aseguren que una persona que tenga contacto con menores haya sido correctamente examinada/filtrada para garantizar su aptitud para participar en actividades de juego/entrenamiento que involucren a menores; y,
(b) suministrar equipamiento médico apropiado y de primeros auxilios.
D. Requisitos Fundamentales
Los Centros de Entrenamiento Autorizados deben:
1. Desarrollar programas que se concentren no solamente en el entrenamiento y desarrollo físico y técnico de jugadores jóvenes, sino que también enfoquen las necesidades más amplias, educativas, personales y de bienestar de los jugadores.
2. Asegurar que el personal/operarios de los Centros de Entrenamiento Autorizados actúen conjuntamente con los padres o tutores legales de los jugadores jóvenes para diseñar programas en función del mejor interés de las necesidades educacionales, técnicas, académicas y sociales del jugador.
3. Aspirar a proporcionar a los jugadores una educación de Rugby efectiva teniendo en cuenta su edad y capacidades de juego.
4. Desarrollar programas de entrenamiento y capacitación que tengan como primera prioridad el interés de los jugadores, particularmente su salud, seguridad, y bienestar.
5. Garantizar que el personal de coaching, padres (o tutores legales), y jugadores mantengan los más altos estándares éticos en todo momento y adhieran al Protocolo de Jugadores Jóvenes de World Rugby.
6. Diseñar y aplicar políticas efectivas de ‘Protección Infantil’. Estas políticas deben incluir procedimientos apropiados para la incorporación de entrenadores calificados y de otros adultos que tengan contacto con los niños, basados en procesos de examen/filtrado y registración.
7. Contratar entrenadores y personal adulto bien capacitado y comprometido con su continuo desarrollo como entrenadores.
8. Proporcionar instalaciones apropiadas y seguras para el coaching y desarrollo de menores incluyendo equipamiento médico apropiado y de primeros auxilios.
9. Tener fácilmente disponible durante las sesiones de entrenamiento y/o partidos, a personas (entrenadores u otros) que estén capacitados para suministrar tratamientos de emergencia de primeros auxilios a jugadores jóvenes.
10. Tener vigente una cobertura de seguro apropiada para todos los jugadores, entrenadores y personal contratado para cualquier actividad del Centro de Entrenamiento.
11. Aplicar planes de monitoreo eficientes, diseñados para asegurar que los horarios de juego y entrenamiento para jugadores jóvenes estén correctamente dosificados, para evitar el exceso de actividad en el juego y en el entrenamiento.
12. Adoptar políticas que impidan que los jugadores viajen largas distancias y/o le dediquen una desproporcionada cantidad de tiempo a los programas de entrenamiento y desarrollo, en detrimento de las actividades académicas u otras actividades recreativas de los jugadores.
13. Asegurar que el personal del Centro de Entrenamiento Autorizado informe a los padres (o tutores legales), escuelas y otras partes interesadas, cómo se proponen entrenar y desarrollar al jugador y busquen asegurar que los programas de entrenamiento complementen y no perjudiquen otros entrenamientos vocacionales y/o educacionales que el jugador joven esté recibiendo o vaya a recibir.
14. En conjunto con las Uniones, Clubes, Organismos de Rugby, escuelas y colegios, esforzarse para establecer una cantidad máxima de partidos competitivos que los jugadores jóvenes deberían jugar por temporada como parte de la temporada estructurada. La cantidad de partidos competitivos debe estar determinada, en parte, por la edad del jugador.
15. Proporcionar una relación máxima de jugadores a entrenadores que preferiblemente sea de 30 a 1.
16. Efectuar anualmente un análisis del progreso de los jugadores del Centro de Entrenamiento Autorizado y regularmente informar el avance y las actividades de cada jugador a ese jugador y a sus padres o tutores legales.
17. Tomar los pasos que sean necesarios para garantizar que todos los jugadores adhieran al Código de Conducta de World Rugby y reciban orientación adecuada en educación sobre drogas.
18. Asegurar que en todos los partidos dentro del Centro de Entrenamiento Autorizado y/o cualquier actividad de entrenamiento, los entrenadores y el resto del personal del Centro organicen con los oponentes enfrentamientos razonablemente parejos.
19. Garantizar que se sigan las Leyes del Juego (incluyendo todas las Variaciones de las Leyes emitidas por World Rugby o las Uniones para jugadores jóvenes, en particular para las categorías escolares), y que se ponga particular énfasis en aquellas Leyes necesarias para la seguridad del jugador.
20. Asegurar que los jugadores jóvenes que se muestren lesionados, no sean nunca alentados a continuar jugando.
21. Tomar medidas para asegurar que las acciones violentas sean desalentadas en todo momento (cuando corresponda los jugadores deben ser advertidos que sus actividades dentro del campo de juego pueden derivar fuera del campo de juego en acusaciones y/o acciones civiles).
22. Asegurar que el equipamiento no sólo esté confeccionado y sea utilizado correctamente sino que también sea revisado frecuentemente para detectar deterioros que pueden derivar en situaciones de falta de seguridad.
E. Movimiento de Jugadores Jóvenes
Cuando se esté definiendo y/o revisando las políticas para el desarrollo juvenil y formulando las condiciones conforme las cuales una Unión opere, o autorice a un Organismo de Rugby o Club a operar un Centro de Entrenamiento Autorizado, las Uniones deben tener en cuenta que, para que se pueda reclamar una compensación por el entrenamiento y desarrollo de un jugador, si un joven jugador pasa de una Unión a otra, ese jugador debe estar registrado como un Jugador Asociado en un Centro de Entrenamiento Autorizado y será necesario que el reclamante haya cumplido (y demuestre el cumplimiento) de estos Lineamientos.
Si las Uniones deciden no operar Centros de Entrenamiento Autorizados ni el plan de registración de Jugadores Asociados, o no permiten a sus Organismos de Rugby o Clubes hacerlo (o si los Centros de Entrenamiento Autorizados no alcanzan los standards adecuados), las Uniones, Organismos de Rugby o Clubes no estarán autorizados, bajo estos Lineamientos, a reclamar compensaciones respecto al entrenamiento y desarrollo de un jugador.
SECCIÓN 2. PROTOCOLO DE JUGADORES JÓVENES
A. Introducción
1. World Rugby por medio y en nombre de sus miembros reconoce la importancia del desarrollo del Juego de Rugby en todas las Uniones de todo el mundo.
2. Las Uniones, Organismos de Rugby y Clubes deben promover la práctica del Rugby y ser alentadas a identificar, entrenar y desarrollar jugadores jóvenes para ampliar la participación y mejorar los niveles de las Uniones emergentes así como de las Uniones más desarrolladas.
B. Jugadores Asociados
3. El fundamento del Plan de Jugador Asociado establecido en este Protocolo, es el de recompensar y proteger a las Uniones, Organismos de Rugby o Clubes que invirtieron tiempo y recursos en el desarrollo de jugadores jóvenes en Centros de Entrenamiento Autorizados.
4. De acuerdo con la Sección 1 de estos Lineamientos, las Uniones pueden operar, o permitir que los Organismos de Rugby o Clubes de su jurisdicción operen Centros de Entrenamiento Autorizados. Si una Unión, Organismo de Rugby o Club opera un Centro de Entrenamiento Autorizado, entonces la Unión dentro de la cual ese Centro de Entrenamiento Autorizado se ha establecido puede autorizar al Centro de Entrenamiento Autorizado a registrar jugadores como Jugadores Asociados, siempre que tales jugadores reciban servicios regulares y frecuentes de coaching y entrenamiento a través de ese Centro de Entrenamiento Autorizado.
5. Subordinado a las regulaciones de la Unión en la cual el Centro de Entrenamiento Autorizado está situado, el Centro de Entrenamiento Autorizado (para y en nombre de la Unión, Organismo de Rugby o Club autorizados para operar el Centro de Entrenamiento Autorizado) efectuará la registración del Jugador Asociado. Manteniendo la registración del Jugador Asociado, las Uniones, Organismos de Rugby o Clubes que operan Centros de Entrenamiento Autorizados estarán habilitados para conservar el derecho de reclamar una compensación en relación con la inversión financiera efectuada en el entrenamiento y desarrollo de ese jugador.
6. La compensación por la inversión efectuada en Jugadores Asociados puede pagarse, cuando el jugador sea transferido antes de adquirir estado de Jugador Contratado, o si su registración debe ser transferida, mientras es Jugador Asociado. Cualquier compensación a pagar en tales circunstancias deberá reflejar y estar basada en los factores establecidos en el párrafo 13 de la Sección 3 de estos Lineamientos, en particular, la inversión real efectuada por una Unión, Organismo de Rugby o Club en un jugador registrado en un Centro de Entrenamiento Autorizado. Esto incluirá la calidad, regularidad/ frecuencias del entrenamiento y coaching recibido.
7. El plan de registración del Centro de Entrenamiento Autorizado para Jugadores Asociados está diseñado para servir de incentivo para mejorar el entrenamiento y desarrollo de jugadores jóvenes. Las Uniones, Organismos de Rugby o Clubes que operan Centros de Entrenamiento Autorizados sabrán que probablemente recibirán una recompensa equitativa por sus actividades de desarrollo juvenil ya sea en forma de servicios de ese jugador, o si el jugador se va mientras está registrado como Jugador Asociado en un Centro de Entrenamiento Autorizado, como compensación por el entrenamiento y desarrollo de ese jugador.
C. Prohibiciones
8. Igualmente importante para alentar el desarrollo de jugadores jóvenes a lo largo del mundo elevando los niveles y ampliando la base de práctica del Juego en todas las Uniones, es el acuerdo de todas las Uniones, sus miembros y sus componentes, de aceptar y aplicar este Protocolo.
9. Un componente esencial de este Protocolo es la prohibición del acercamiento no autorizado y/o “hurto” de jugadores jóvenes ya sea dentro de una Unión y/o entre Uniones.
10. Las Uniones (y/o sus miembros) que efectúen acercamientos no autorizados a jugadores jóvenes y/o hurten o intenten hurtar jugadores jóvenes estarán sujetos a sanciones.
11. Este Protocolo requiere que las Uniones impongan sanciones apropiadas a sus miembros si hacen acercamientos no autorizados a jugadores jóvenes y/o hurtan o intentan hurtar jugadores jóvenes ya sea dentro de una Unión o entre Uniones. Las Uniones que omiten imponer sanciones a miembros o componentes que omitan adherir al Protocolo y al espíritu del Protocolo serán pasibles de sanciones.
12. Para sacar ventaja del plan de Jugador Asociado es necesario que las Uniones, Organismos de Rugby o Clubes, según el caso, inviertan en programas de entrenamiento y desarrollo efectivos. World Rugby considera que los Centros de Entrenamiento Autorizados y el plan compensatorio de Jugador Asociado provee el mecanismo apropiado para proteger los intereses de las Uniones, Organismos de Rugby, Clubes y jugadores. Permitirá monitorear el progreso de un jugador y la protección de sus amplios intereses educacionales mientras provee un grado de control apropiado sobre el desarrollo juvenil a ser ejecutado a nivel de la Unión.
D. El Pacto de Entrenamiento y Desarrollo
13. Las Uniones garantizarán que los Centros de Entrenamiento Autorizados estén bien estructurados ofreciendo a los jugadores una significativa oportunidad de desarrollar sus destrezas. Las Uniones impondrán y harán cumplir a los Centros de Entrenamiento Autorizados las condiciones de licenciamiento que requieren que se apliquen los más altos niveles éticos y de juego y se cumplan los Requisitos Fundamentales enunciados en la Sección 1.
14. Si los beneficios para un jugador (por ejemplo, en términos de actividad de coaching y entrenamiento de calidad habitual/frecuente) no pueden ser demostrados, entonces hay un riesgo de que las disposiciones diseñadas para proteger las inversiones hechas por las Uniones, Organismos de Rugby o Clubes en el entrenamiento y desarrollo de ese jugador joven no hayan sido cumplidas o se estimen no ejecutadas. Es necesario, por lo tanto, demostrar que existe, en efecto, un “pacto” perceptible entre el Jugador Asociado y la Unión, Organismo de Rugby o Club operando el Centro de Entrenamiento Autorizado en cuestión.
15. La Unión, Organismo de Rugby o Club provee “atención” a través de los Centros de Entrenamiento Autorizados en forma de entrenamiento habitual/frecuente, coaching, partidos de práctica, atención médica y asuntos relacionados (todos los cuales protegen la salud y el bienestar del Jugador al mismo tiempo que maximizan el potencial del Jugador Asociado para encarar el Juego profesionalmente). El Jugador Asociado se compromete “contractualmente” con el Centro de Entrenamiento Autorizado por medio de su registración como Jugador Asociado.
16. Cuando se trabaja con menores es necesario efectuar todos los arreglos, en particular, es necesario que los arreglos contractuales/de registración los cuales, a través del Centro de Entrenamiento Autorizado, ligan a un Jugador Asociado con una Unión, Organismo de Rugby o Club, sean elaborados y se aprecie que están para beneficio del jugador. Si no es así, tales arreglos son prescindibles y es poco probable que sean aceptados por los jugadores, padres, (tutores legales), escuelas, o colegios.
17. World Rugby considera que los Centros de Entrenamiento Autorizados, correctamente regulados por las Uniones que aplican altos niveles de coaching y entrenamiento y proveen otros beneficios a jugadores jóvenes, incluyendo apoyo educacional, atraerán a un número mayor de participantes nuevos y, mediante la gratificación de la inversión en entrenamiento y coaching de jugadores jóvenes, alentarán una actividad mayor de desarrollo juvenil.
18. World Rugby con la asistencia de las Uniones monitoreará la operación de los Centros de Entrenamiento Autorizados y el plan de Jugador Asociado para evaluar su efectividad para alcanzar los objetivos de World Rugby. World Rugby pude emitir ulteriores Lineamientos o variar, revocar o complementar estos Lineamientos de tanto en tanto.
SECCIÓN 3. COMPENSACIÓN POR EL ENTRENAMIENTO Y DESARROLLO DE JUGADORES JÓVENES
1. Los Lineamientos que siguen han sido desarrollados para alentar a las Uniones, Organismos de Rugby y Clubes a invertir en el desarrollo de jugadores jóvenes y ayudar a garantizar que las Uniones, Organismos de Rugby y Clubes, según el caso, sean correctamente retribuidos por sus inversiones en el futuro del juego.
2. Como parte de sus actividades de desarrollo juvenil en general, las Uniones deben desarrollar planes de licenciamiento con administración centralizada de Centros de Entrenamiento. Tales planes de licenciamiento, deben como mínimo, asegurar estar en conformidad con los Requisitos Fundamentales establecidos en la Sección 1 de los Lineamientos. Las Uniones deben instituir un Plan de “Jugador Asociado” para los jugadores jóvenes que reciben servicios de entrenamiento y coaching en forma habitual/frecuente en un Centro de Entrenamiento Autorizado. Mediante el programa de fichaje central de su Unión, los Centros de Entrenamiento Autorizados deberían ser autorizados a registrar como Jugadores Asociados a los jugadores jóvenes que están recibiendo servicios de entrenamiento y/o coaching en forma habitual en los Centros de Entrenamiento Autorizados.
3. Dentro del plan de Jugador Asociado, el jugador por encima de la edad de 16, pero por debajo de la mayoría de edad, que esté recibiendo servicios de entrenamiento y/o coaching habitual/frecuente en un Centro de Entrenamiento Autorizado, puede ser registrado en ese Centro de Entrenamiento Autorizado en carácter de Jugador Asociado.
4. Las Uniones deben diseñar un Formulario standard de Fichaje de Jugador Asociado para ser utilizado por los Centros de Entrenamiento Autorizados de su jurisdicción. Este formulario debe estar firmado por el jugador, el padre(s) del jugador (o persona con responsabilidad paterna) y el docente principal del jugador o persona equivalente con responsabilidad total sobre la educación del jugador. Todas las partes deben estar de acuerdo antes de que un jugador adquiera el estado legal de Jugador Asociado. El formulario debe reflejar lo más claramente posible, las regulaciones pertinentes, relativas a Jugadores Asociados y las obligaciones del jugador y el Centro de Entrenamiento Autorizado.
5. Cada Unión debe determinar el máximo de Jugadores Asociados que un Centro de Entrenamiento Autorizado puede fichar, siendo la cantidad recomendada de 30 (si bien esta cantidad puede superarse por decisión de una Unión cuando, por ejemplo, la Unión tenga un único Centro de Entrenamiento Autorizado en su Jurisdicción).
6. Si un jugador firma y está registrado como Jugador Asociado en un Centro de Entrenamiento Autorizado, no estará autorizado a ser Jugador Asociado en otro Centro de Entrenamiento Autorizado (y/o ser registrado para jugar o entrenar con una Unión, Organismo de Rugby o Club en cualquier otra categoría), excepto que el Centro de Entrenamiento Autorizado en el cual está actualmente registrado lo autorice por escrito.
7. Los fichajes de Jugador Asociado serán válidos solamente por un año calendario desde la fecha que se firmó el Formulario de Fichaje de Jugador Asociado y el jugador fue registrado, excepto que el Centro de Entrenamiento Autorizado opte por mantener el fichaje de Jugador Asociado por otro año calendario, o, en el caso de un jugador que haya alcanzado la mayoría de edad (o que la alcanzará dentro de los próximos 6 meses), se le haya ofrecido al Jugador Asociado un contrato por parte de la Unión, Organismo de Rugby o Club operando el Centro de Entrenamiento Autorizado, como consecuencia del cual recibirá un Beneficio Material.
8. Subordinado al párrafo 7 arriba, la registración de un Jugador Asociado expirará al cumplirse el año calendario desde la fecha en que él firmó el Formulario de Fichaje de Jugador Asociado y fue registrado como Jugador Asociado. Una vez que este año calendario ha pasado, el jugador puede ingresar a otro Centro de Entrenamiento Autorizado como Jugador Asociado o ser registrado en una Unión, Organismo de Rugby o Club en otra categoría.
9. Un Jugador Asociado que está registrado en un Centro de Entrenamiento Autorizado estará autorizado, en cualquier momento, a presentarse al Centro de Entrenamiento Autorizado para solicitar la cancelación de su registración como Jugador Asociado. En caso de producirse esta solicitud, el Jugador Asociado no podrá ser registrado en un Centro de Entrenamiento Autorizado (y no podrá ser registrado, o jugar, o entrenar para una Unión Organismo de Rugby o Club por un período de 6 meses a contar desde la fecha de la solicitud), excepto con la aprobación del Centro de Entrenamiento Autorizado en el que estaba registrado como Jugador Asociado, y/o después de abonar una compensación a ese Centro de Entrenamiento Autorizado por parte del Centro de Entrenamiento Autorizado, Unión, Organismo de Rugby o Club en el cual el jugador se desea registrar. Si un Jugador Asociado cree que el Centro de Entrenamiento Autorizado en el que está registrado está incumpliendo sus obligaciones y/o está fallando en la provisión adecuada de las actividades de entrenamiento y desarrollo, puede solicitar a la Unión que autorizó el Centro en cuestión que su registración sea cancelada. La Unión deberá emprender una investigación de esa solicitud y, cuando corresponda, elevar el asunto al organismo pertinente para su decisión.
10. Si la registración de un Jugador Asociado es transferida de un Centro de Entrenamiento Autorizado a otro, o el jugador es registrado por una Unión, Organismo de Rugby o Club en otra categoría, la Unión, Organismo de Rugby o Club responsable de la financiación/operación del Centro de Entrenamiento Autorizado, en el cual el jugador recibió los servicios de entrenamiento habitual y coaching y donde fue registrado como Jugador Asociado, está autorizada a efectuar un reclamo por una compensación por el entrenamiento y el desarrollo del Jugador Asociado. Cuando la Unión, Organismo de Rugby o Club responsable de la operación de un Centro de Entrenamiento Autorizado crea que tiene derecho a una compensación, entonces la Unión, Organismo de Rugby o Club, según sea el caso, deberá completar un formulario standard estableciendo los fundamentos del reclamo y remitirlo a la Unión, Organismo de Rugby o Club pertinente. Se buscará, entonces, acordar el monto de la compensación lo más rápidamente posible.
11. A los Jugadores Asociados que estén cerca o alcanzando la mayoría de edad, cuando corresponda, se les podrá ofrecer un contrato según el cual recibirán un Beneficio Material, firmando como Jugadores Contratados, con la Unión, Organismo de Rugby o Club que opera el Centro de Entrenamiento Autorizado. Tales ofrecimientos pueden ser efectuados solamente dentro de los 6 meses anteriores a que el jugador adquiera la mayoría de edad. Si el Jugador Asociado rechaza el ofrecimiento de transformarse en Jugador Contratado en la Unión, Organismo de Rugby o Club (según el caso) que opera el Centro de Entrenamiento Autorizado en el cual está registrado como Jugador Asociado (y en el cual ha recibido los servicios de entrenamiento/coaching) entonces, si ese jugador decide pasar a otra Unión, Organismo de Rugby o Club como Jugador Contratado dentro de los 12 meses desde la fecha del ofrecimiento hecha mediante el Centro de Entrenamiento Autorizado en el cual está registrado como Jugador Asociado, la Unión, Organismo de Rugby o Club que financió/ opera el Centro de Entrenamiento Autorizado estará autorizada a reclamar una compensación por el entrenamiento y el desarrollo de ese Jugador Asociado.
12. El monto de la compensación, si correspondiera, a ser pagada conforme los párrafos 9, 10 u 11, será acordado entre las partes pertinentes. Si no se alcanzara un acuerdo entre las partes pertinentes dentro de los 28 días desde el pedido de compensación, la Unión, Organismo de Rugby o Club pertinente que tenga jurisdicción y/o responsabilidad en la financiación del Centro(s) de Entrenamiento Autorizado elevará el asunto al organismo designado por la Unión o World Rugby (según el caso) que establecerá el nivel adecuado de compensación, si correspondiera, por el entrenamiento y el desarrollo de ese jugador.
13. Si se produjera una disputa por el pago de la compensación por la registración de un Jugador Asociado y tal controversia sea entre Centros de Entrenamiento Autorizados u Organismos de Rugby o Clubes dentro de la Jurisdicción de una Unión, entonces la disputa será tratada por la Unión que tenga Jurisdicción sobre esos Centros de Entrenamiento Autorizados, Organismos de Rugby o Clubes. Si la disputa involucra Centros de Entrenamiento Autorizados u Organismos de Rugby o Clubes de diferentes Uniones entonces, el asunto será decidido por el CEO o su representante(s). El CEO o su representante(s) estarán autorizados a decidir sus propios procedimientos, siempre que se les permita a las partes hacer declaraciones y tengan una oportunidad razonable de presentar el caso. Para que no haya dudas, cualquier disputa sobre el pago de compensaciones por el entrenamiento y el desarrollo de un Jugador Asociado no impedirá el pase de ese jugador, subordinado al párrafo 9 arriba, y/o a que el jugador no cumpla con las regulaciones de Jugador Asociado.
14. Para determinar el monto de la compensación, si correspondiera, respecto del entrenamiento y desarrollo de un Jugador Asociado, se deberán tener en cuenta los siguientes factores:
(a) Gastos reales de entrenamiento en relación con el jugador incurridos por la Unión, Organismo de Rugby o Club pertinente, operando el Centro de Entrenamiento Autorizado durante el período de registración de ese jugador en el Centro de Entrenamiento Autorizado. Los gastos de entrenamiento incluirán, sin limitarse a ellos:
(i) salario proporcional o compensación pagada a entrenadores;
(ii) cama y comida;
(iii) gastos proporcionales de infraestructura de entrenamiento (por ejemplo, alquiler de instalaciones, equipamiento);
(b) Gastos médicos desembolsados en el jugador;
(c) Desembolsos no relativos al Rugby relacionados con el Jugador provistos por el Centro de Entrenamiento Autorizado (por ejemplo, gastos escolares y académicos);
(d) Otros gastos generales que puedan atribuirse, ya sea completamente o en parte, a la educación, entrenamiento y desarrollo en el rugby del Jugador;
(e) Actuaciones del jugador en el Equipo Representativo Nacional (en todos los niveles de edad);
(f) Edad del jugador; y
(g) Cantidad de tiempo que el Jugador entrenó en el Centro de Entrenamiento Autorizado.
15. En caso de que un Centro(s) de Entrenamiento Autorizado y/o Unión, Organismo de Rugby o Club (según el caso) no esté satisfecho con la decisión sobre la compensación cuando un Jugador Asociado pasa de una Unión a otra Unión, entonces ese organismo podrá apelar, siempre que esa apelación sea recibida por el CEO dentro de los 14 días de haber sido comunicada a las partes la decisión original del CEO o de su representante. El CEO puede elevar la apelación a un organismo judicial formado por Miembros del Panel de Apelaciones, los cuales serán responsables de definir el procedimiento a adoptarse para esa apelación, siempre que se le dé a las partes pertinentes una oportunidad razonable para hacer declaraciones y presentar el caso. La decisión del organismo judicial será definitiva y obligatoria para las partes.
NOTA ACLARATORIA. REGULACIONES QUE REGLAMENTAN EL ESTADO LEGAL Y EL MOVIMIENTO DE JUGADORES
Introducción
World Rugby adquirió el compromiso de atraer nuevos Jugadores al Rugby y de levantar los standards de la actividad en todos los niveles y en todas las Uniones miembro. Es fundamental para el futuro crecimiento y desarrollo del Juego que todas las Uniones Miembro, Organismos de Rugby y Clubes estén capacitados y sean alentados a atraer nuevas generaciones de Jugadores al Rugby dentro de su jurisdicción. Para promover este desarrollo, y alentar a ambas, las Uniones maduras y las emergentes, a identificar entrenar y desarrollar Jugadores de Rugby, World Rugby ha aprobado Regulaciones que gobiernan el movimiento internacional de Jugadores. La Regulación 4 está destinada a:
(a) Alentar a Uniones, Organismos de Rugby y Clubes en todos los niveles a identificar y desarrollar jugadores jóvenes;
(b) Ampliar la base de práctica del Juego en todas las Uniones;
(c) Garantizar la compensación adecuada en el caso de que jugadores desarrollados dentro de una Unión vayan a jugar a otra Unión.
(d) Promover la estabilidad y facilitar el monitoreo del movimiento internacional de Jugadores;
(e) Crear un mecanismo efectivo de redistribución de recursos para todo el Juego;
(f) Identificar los principios que las Uniones están inducidas a seguir cuando presenten y/o desarrollen el movimiento nacional de jugadores entre Uniones, y planes de compensación de entrenamiento y desarrollo.
Alcance de esta Nota Aclaratoria
La Regulación 4 incorpora un esquema de compensaciones que sirve en ciertas circunstancias para el pago de compensaciones que reflejen la inversión en el entrenamiento y el desarrollo de Jugadores de Rugby.
Internacional
Esta Nota Aclaratoria (y los formularios adjuntos a la misma) han sido preparados para ser utilizados por las Uniones (y sus miembros) para explicar los mecanismos de la Regulación 4, en particular el esquema de compensaciones, y contribuir en la presentación y seguimiento de la implementación de la Regulación 4.
Nacional
La Regulación 4 se refiere, principalmente, al movimiento de Jugadores entre Uniones; sin embargo, para que eso sea totalmente efectivo se requiere un adecuado conjunto de reglas domésticas. En consecuencia, la Regulación 4.3 requiere:
(a) Que cada Unión elabore regulaciones adecuadas para el movimiento de jugadores dentro de su jurisdicción. Las Uniones son responsables de asegurar que sus miembros estén correctamente informados sobre el modo en que la Regulación 4 opera y son responsables de elaborar regulaciones sobre el movimiento interno de jugadores basadas en los principios contenidos en la Regulación 4 que retribuyen adecuadamente a sus componentes por las actividades de identificación, entrenamiento y desarrollo de sus jugadores.
(b) Cada Unión registrará posteriormente sus regulaciones en World Rugby. World Rugby considera que los principios contenidos en el sistema de compensaciones de la Regulación 4 son adecuados para alcanzar los objetivos vitales de alentar la tarea y proveer compensaciones por la identificación, entrenamiento y desarrollo de jugadores jóvenes, y como tales representan las mejores prácticas. Coincidentemente, las regulaciones de las Uniones para el movimiento de jugadores se espera que sean lo suficientemente prácticas, como para incorporar los principios de compensaciones establecidos en la Regulación 4. World Rugby podrá monitorear las regulaciones de movimientos de jugadores presentados por las Uniones, para verificar que las regulaciones propuestas por las Uniones sean apropiadas y que el mecanismo de compensaciones cumpla sustancialmente con los principios de la Regulación 4. Es esencial que todas las Uniones miembro de World Rugby reconozcan el importante papel que tienen que jugar en la implementación efectiva de la Regulación 4. Esta Nota Aclaratoria no debe ser leída aisladamente. La Nota Aclaratoria no reemplaza a la Regulación y debe ser leída conjuntamente con la Regulación 4.
1. Determinación del Estado Legal de un Jugador
1.1 El estado legal de un Jugador es un factor clave para determinar si corresponde pagar alguna compensación por su entrenamiento y desarrollo.
1.2 Dentro de la Regulación 4 hay dos categorías de Jugadores: Contratados y No Contratados. Un Jugador es un Jugador Contratado si actualmente recibe, o ha recibido previamente un Beneficio Material. Todos los otros Jugadores son Jugadores No Contratados [8]
1.3 Un Jugador Contratado debe tener o haber tenido un contrato escrito con su Club, Unión u otro Organismo de Rugby que le paga el Beneficio Material.
1.4 Cada Unión debe desarrollar formularios standard de contratos escritos para su uso, o el de sus Clubes y Organismos de Rugby, (según corresponda) y el de sus Jugadores dentro de su jurisdicción[9].
1.5 Cada Club u Organismo de Rugby debe enviar a su Unión copias de todos los contratos suscriptos con los Jugadores.
2. Obtención de un Pase
2.1 Dentro de la Regulación 4 World Rugby continuará utilizando un sistema de Pases. Cualquier Jugador que deje su Unión Actual no será elegible para participar en competiciones organizadas, reconocidas o aprobadas por su Nueva Unión excepto que haya recibido un Pase para hacerlo.
2.2 Los Pases sólo serán aceptados en el formulario standard establecido en el Apéndice 1 y firmado por las partes correspondientes.
2.3 Cuando un Jugador Contratado no haya estado registrado en su Unión Actual por un período de 12 meses o más, la Unión Actual deberá especificar en el Pase el período de descanso que el Jugador Contratado ha tenido durante el período en el que el Jugador Contratado ha estado en la Unión Actual. A los efectos del Pase, “Descanso” significa el período durante el cual el Jugador Contratado no participó de ningún Partido(s) y no incluirá períodos de lesiones.
2.4 Un Pase, por su naturaleza no puede ser provisional. Conforme la Regulación 4 mantiene validez hasta ser reemplazado por un Pase posterior.
3. La Importancia de la Existencia de Contratos Escritos
3.1 La Regulación 4 distingue entre movimiento de Jugadores durante la vigencia de un contrato escrito, y el movimiento de Jugadores ya sea de Jugadores No Contratados o de Jugadores Contratados cuyo acuerdo escrito haya caducado.
3.2 Un Jugador Contratado sólo puede pasar a otra Unión, Organismo de Rugby o Club durante la vigencia de un contrato escrito si la Unión, Organismo de Rugby o Club, existente y la Unión, Organismo de Rugby o Club al que se propone pasar, y el Jugador están de acuerdo.
4. Los principios de Compensación por Entrenamiento y Desarrollo
4.1 En reconocimiento de la inversión efectuada por las Uniones, Organismos de Rugby y Clubes (según el caso) en entrenamiento y desarrollo de Jugadores de Rugby, la Regulación 4 reconoce que en ciertas circunstancias, puede corresponder que se pague una compensación por la inversión en entrenamiento y desarrollo de Jugadores No Contratados o Jugadores Contratados cuyo contrato escrito haya expirado.
4.2 El disparador para el reclamo de una compensación es el movimiento de un Jugador por primera vez afuera de su Unión de Origen (es decir: la Unión en la que el Jugador está, o fue Registrado/Fichado por primera vez, o si fuera diferente, la Unión donde un Jugador fue entrenado o desarrollado).
4.3 Bajo la Regulación 4 la compensación sólo corresponde pagarse cuando un Jugador sale de su Unión de Origen por primera vez y efectúa un contrato escrito, ya sea en forma inmediata o dentro de los 3 años, para jugar al rugby en otra Unión.
4.4 La Compensación se basa en la Inversión Anual por Desarrollo Standard que representa la inversión real que una Unión, Organismo de Rugby o Club puede demostrar que ha efectuado en el entrenamiento y desarrollo de un Jugador y los otros factores establecidos en la Regulación 4.7.5.
4.5 En efecto, una Unión, Organismo de Rugby o Club debe ser adecuadamente compensada por sus esfuerzos de “investigación y desarrollo” respecto de los Jugadores. Es esencial, por lo tanto, que se lleven registros completos del progreso de un Jugador.
4.6 La calidad del entrenamiento y desarrollo invertida en un Jugador no sólo mejorará el potencial futuro de la práctica del Juego a tiempo completo de ese Jugador sino que además elevará el standard general de la actividad.
4.7 El Esquema de Compensaciones será entonces, un incentivo para que todas las Uniones, Organismos de Rugby y Clubes incrementen y mejoren sus programas de entrenamiento y desarrollo con apoyo apropiado de sus Uniones y de World Rugby[10].
5. ¿Cuándo puede reclamarse una Compensación?
5.1 La Unión, y/u Organismo de Rugby y/o Club que ha entrenado y desarrollado a un Jugador tiene derecho a reclamar una compensación por la transferencia de la registración de un Jugador solamente en las siguientes circunstancias:
5.1.1 cuando un Jugador Contratado, cuyo contrato escrito ha expirado, efectúa un acuerdo escrito por primera vez con una Unión, Organismo de Rugby o Club fuera de su Unión de Origen (Regulación 4.7.2(a));
5.1.2 cuando un Jugador No Contratado efectúa un contrato escrito por primera vez con una Unión, Organismo de Rugby o Club fuera de su Unión de Origen (Regulación 4.7.2(b);
5.1.3 si un Jugador Contratado no efectúa un contrato escrito inmediatamente, pero efectúa un contrato escrito fuera de su Unión de Origen dentro de los 3 años de la fecha en que compitió en su último partido como Jugador Contratado en su Unión de Origen (Regulación 4.8.2);
5.1.4 si un Jugador No Contratado no efectúa un contrato escrito inmediatamente, pero efectúa un contrato escrito por primera vez con una Unión, Organismo de Rugby o Club fuera de su Unión de Origen dentro de los 3 años de la fecha en que dejó su Unión de Origen (Regulación 4.8.3).
6. ¿Cómo debe reclamarse la Compensación?
6.1 Cuando una Unión, Organismo de Rugby o Club crea que tiene derecho a una compensación bajo la Regulación 4, entonces la Unión, Organismo de Rugby o Club (según el caso) debe:
6.1.1 Completar íntegramente el Formulario de World Rugby de Reclamo de Compensación por Movimiento de Jugador (ver Apéndice 3). El formulario debe estar certificado.
6.1.2 Enviar el formulario completado íntegramente y certificado, a la Unión, Organismo de Rugby o Club al cual el Jugador se propone pasar.
6.1.3 Buscar acordar lo antes posible el monto de la compensación a pagarse.
6.2 Si el monto de la compensación, si hubiera, no pudiera ser acordado entre las partes pertinentes dentro de los 28 días de que se le haya entregado el Pase al Jugador, una de las Uniones involucradas puede elevar el asunto a World Rugby. (Si la controversia involucra a un Organismo de Rugby o Club, entonces el Organismo de Rugby o Club (según el caso) debe elevar el asunto a su Unión y solicitar que la Unión eleve el asunto a World Rugby)[11].
6.3 Un experto(s) neutral considerará el caso rápidamente y determinará el monto de la compensación pagable, si correspondiera. El experto(s) neutral definirá el procedimiento del asunto remitido y podrá elegir tratar el caso sobre la base de presentaciones escritas solamente.
NOTA: El original del Formulario de World Rugby de Reclamo de Compensación por Movimiento de Jugador, (ver 8(a)(i)) debe ser remitido en todos los casos al experto(s) neutral como evidencia.
7. ¿Cómo se calcula la Compensación?
7.1 La compensación se calcula utilizando la fórmula de la Regulación 4.7.4.
7.2 Los montos reales pagables a la finalización de cada año de desarrollo conforme el cálculo de la Figura 1 en la Regulación 4.7.4 se muestran en la Figura 2 que sigue: Compensación pagable (£ = Libras Esterlinas) a la edad de la transferencia relacionada con la cantidad de años involucrado en programas de Desarrollo de Alto Rendimiento.
Cuando un Jugador se transfiera durante un año de desarrollo el monto de la compensación a pagar será prorrateado por mes.
Ejemplo 1:
Joe Smith pasa de la Unión A a la Unión B a los 22 años habiendo estado en el programa de desarrollo de Alto Rendimiento en la Unión A desde los 17 años (5 años). La Unión B debe pagar una compensación por desarrollo a la Unión A de £25,000:
Compensación = £5.000 x 5 años
= £25.000
Ejemplo 2:
Si el Jugador del Ejemplo 1 se hubiera quedado en la Unión A antes de pasar de la Unión A a la Unión B a la edad de 27, no se debería pagar ninguna compensación para compensar su desarrollo. Esto es así porque su edad al momento del pase es mayor a 23 años.
Ejemplo 3:
John Jones ingresa a un programa de desarrollo de Alto Rendimiento en la Unión C a los 19 años y pasa a la Unión D después de sólo un año, a los 20. La Unión D debe pagar una compensación por desarrollo a la Unión C de £5,000:
Compensación = £5.000 x 1 año
= £5.000
Ejemplo 4:
Si el Jugador del Ejemplo 3 se hubiera quedado en el programa de desarrollo de la Unión C antes de pasar a la Unión D en la mitad de su cuarto año, la compensación a pagar sería:
Compensación = £5.000 x 3 + 6/12 años
= £17.500
Ejemplo 5:
Paul Williams ingresa a un programa de desarrollo de Alto Rendimiento en la Unión E a los 18 años y completa dos años enteros. Luego se retira del programa por razones personales habiendo cumplido tres cuartas partes de su tercer año y en consecuencia no cumple el cuarto año. Vuelve al programa el quinto año antes de pasar a la Unión F después de seis meses a la edad de 22. La compensación que la Unión F debe pagar a la Unión E es:
Compensación = £5.000 x [(2 + 9/12)+(0 + 6/12)]
= £5.000 x 3,25
= £16.250
Ejemplo 6:
Si el Jugador del ejemplo 5 no hubiera reingresado al programa de desarrollo, y fuera por lo tanto un Jugador no contratado en el momento de la transferencia, la compensación que la Unión F debería pagar a la Unión E es:
Compensación = £5.000 x 2,75
= £13.750
8. Pago
Una vez que la compensación ha sido acordada entre las partes pertinentes, se pagará el dinero por parte de la Nueva Unión, Organismo de Rugby o Club del Jugador a la Unión de Origen del Jugador. Cada Unión estará autorizada a distribuir el dinero a los Organismos de Rugby y Clubes miembros como lo crea conveniente [12].
9. Aplicación
Cuando un Organismo de Rugby o Club deba pagar una compensación por el entrenamiento y desarrollo de un Jugador (o resulte obligada a hacerlo) en el caso de un incumplimiento por parte del Organismo de Rugby o Club, la Unión a la cual el Organismo de Rugby o Club está afiliada, resultará responsable del pago de la compensación como deudor principal.
APÉNDICE 1. PASE
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APÉNDICE 2. PRINCIPIOS DEL MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE JUGADORES
1. Regulación 4.7.1: Jugador Contratado pide el pase durante la vigencia del contrato.
Contrato existente
Contrato Nuevo
Las 3 partes deben estar de acuerdo con el pase
Club/Unión Nuevo y Club/Unión Actual acuerdan compensación (si correspondiera)
2. Regulación 4.7.2(a): Un Jugador sin contrato efectúa un contrato escrito fuera de su Unión de Origen por primera vez.
Compensación pagable por única vez por el Club/Unión del Contrato Nuevo a la Unión de Origen del Jugador por entrenamiento y desarrollo (“Unión de Origen” significa la Unión en la cual un Jugador fue registrado por primera vez o, si fuera diferente, la Unión donde fue entrenado y desarrollado).
Actual contrato del Jugador
Club/Unión
Club/Unión nuevo
Unión de Origen del Jugador contratado
Club/Unión nuevo
3. Regulación 4.7.2 (b): Jugador No Contratado efectúa por primera vez un contrato escrito con un Club/Unión fuera de su Unión de Origen.
Compensación pagable por entrenamiento y desarrollo por única vez por el contrato nuevo por el Club/Unión Nuevo a la Unión de Origen del Jugador
4. Regulación 4.7.2 (c): Un Jugador No Contratado pide el pase a otra Unión y mantiene su estado de Jugador No Contratado.
No hay Contratos
No se pagan compensaciones
Jugador Amateur
Club/Unión nuevo
Club/Unión actual
Jugador no contratado en su Unión de Origen
Club/Unión nuevo
APÉNDICE 3. FORMULARIO DE RECLAMO DE COMPENSACIÓN POR MOVIMIENTO DE JUGADOR INTERNACIONAL
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Notas:
[1] Con respecto a los niveles más bajos de su estructura competitiva solamente, una Unión o Asociación puede elevar un pedido por escrito al CEO para que se le autorice la no aplicación de la Regulación 4.5.6. La Unión o Asociación debe presentar absolutamente todas las razones del pedido y debe proporcionar toda la información adicional, documentación y/o cualquier otra asistencia que el CEO pueda considerar necesarios para la adecuada consideración de la solicitud. El CEO tendrá absoluta discreción en relación con la aprobación o rechazo de esa solicitud de una Unión o Asociación y la decisión del CEO, incluida, sin limitación, cualquier condición de aprobación, será definitiva y obligatoria. El CEO podrá a su absoluta discreción retirar cualquier aprobación otorgada a una Unión o Asociación conforme esta disposición. Para que no haya dudas: cualquier solicitud realizada conforme esta disposición sólo será considerada por el CEO si está referida a los niveles de estructuras de competición más bajos de la Unión o Asociación.
Los conflictos originados en la Regulación 4 serán preferiblemente resueltos por un miembro(s) del Panel Judicial que tenga experiencia en cuestiones de juego, incluido, pero sin estar limitado a ello, entrenamiento y desarrollo, y pueden incluir eminentes ex jugadores.
[2] Se debe considerar la necesidad de imponer una limitación a la cantidad de veces que un Jugador puede solicitar una Doble Registración. En la práctica esto puede traer dificultades debido a la duración de los cursos de grado y a la incertidumbre relacionada con la duración de la tarea en los destinos Militares.
[3] Para asistir a las Uniones World Rugby podrá emitir lineamientos para las Uniones sobre el desarrollo y fichaje de jugadores jóvenes.
[4] Pase significa el consentimiento escrito (en el formulario standard) autorizando a un Jugador a participar en el Rugby en una Nueva Unión a requerimiento de esa Nueva Unión y firmado por:
(a) la Unión Actual del Jugador;
(b) la Unión para la cual el Jugador se desempeña en Partidos Internacionales cuando ese Jugador haya representado a esa Unión en un Partido incluido en las Regulaciones 8.3 u 8.4; y
(c) la Nueva Unión.
[5] El nivel de Inversión Anual por Desarrollo Standard está sujeto a revisiones anuales por parte de la Comisión de Regulaciones
[6] Persona contratada significa cualquiera de los siguientes: Entrenador Jefe, Entrenador Asistente (incluidos Entrenador de Forwards y de Backs), Entrenador de Ataque, Entrenador de Defensa, Director de Rugby.
[7] Las Uniones deben notar sin embargo, que sólo los jugadores debidamente registrados como Jugadores Asociados en los Centros de Entrenamiento Autorizados estarán comprendidos en el Plan de Compensaciones establecido en la sección 3 de estos Lineamientos.
[8] Los Jugadores no deben efectuar contratos escritos hasta haber alcanzado la mayoría de edad contractual dentro de la jurisdicción correspondiente. Sin embargo, hay una excepción para Jugadores mayores de 16 si el Beneficio Material recibido por el Jugador dentro del acuerdo escrito tiene la forma de una beca financiera no reintegrable para ser aplicada solamente con el propósito del entrenamiento académico y/o vocacional del Jugador por un período de doce meses o más. Cada Unión debe establecer sus propias regulaciones relativas al fichaje y desarrollo de Jugadores jóvenes. Tales regulaciones deberán contemplar que el organismo correspondiente responsable por el entrenamiento y el desarrollo del jugador tenga prioridad sobre los servicios profesionales de un Jugador cuando este llegue a la mayoría de edad. World Rugby puede emitir lineamientos para contribuir en este tema.
[9] La estandarización de los contratos escritos de los Jugadores contribuye a una cantidad de propósitos diferentes. Las Regulaciones de la Unión y de World Rugby son expresamente aceptadas por todos los Jugadores, Organismos de Rugby y Clubes. Adicionalmente, las Uniones pueden mantener un registro centralizado de Jugadores Contratados para poder monitorear el movimiento de Jugadores e identificar el estado legal de un Jugador en un momento dado, facilitando de ese modo la administración de la Regulación 4. También ayudará a las Uniones a aplicar sistemas de compensaciones internas incorporando los principios y políticas establecidos en la Regulación 4.
[10] Los principios generales del movimiento internacional de Jugadores están ilustrados en el diagrama del Apéndice 2.
[11] Las Uniones deben tener organismos adecuados para decidir las controversias entre sus propios componentes sobre compensaciones que pudiera corresponder pagar cuando un jugador efectúa un pase dentro de esa Unión. Preferiblemente, aquellos que tomen las decisiones deberían ser jugadores con experiencia en cuestiones de desarrollo de jugadores.
[12] Este sistema centralizado está diseñado para permitir a las Uniones determinar cómo deberían ser adjudicados los fondos provenientes del pago de cualquier compensación. Reconoce las diferentes estructuras del Rugby en las diferentes Uniones y permite a las Uniones efectuar acuerdos adecuados con sus organismos componentes.