Capitulo 8 : ASAMBLEA GENERAL
CAPITULO 8. ASAMBLEA GENERAL
8.1 Rol de la Asamblea General
Cada dos años se llevará a cabo una Asamblea General de World Rugby en una fecha determinada por el Consejo para tratar los siguientes asuntos:
(a) considerar y aprobar la minuta de la Asamblea General anterior;
(b) recibir y considerar un informe del Consejo;
(c) tomar nota de la composición de las comisiones del Consejo;
(d) considerar otros asuntos remitidos a la Asamblea General por el Consejo; y
(e) efectuar recomendaciones apropiadas al Consejo respecto de lo anterior.
La Comisión Ejecutiva podrá decidir si la Asamblea General se realizará (total o parcialmente) en un lugar físico o mediante una plataforma(s) electrónica.
8.2 Convocatoria a la Asamblea General
Los Funcionarios o su representante darán aviso de la fecha de la Asamblea General a las Uniones Miembro y Asociaciones Miembro con, por lo menos, ocho semanas de antelación acompañando al aviso una copia del orden del día y la documentación de apoyo.
8.3 Presidente
El Presidente o en su ausencia el Vicepresidente actuará como presidente de la Asamblea General.
8.4 Asistentes Autorizados
(a) Los asistentes a la Asamblea General serán aquellos delegados que son:
(i) en el caso de cada una de las Uniones Miembro o Asociaciones Miembro representadas en el Consejo, su representante o representantes;
(ii) en el caso de cada una de las Uniones Miembro o Asociaciones Miembro no representadas en el Consejo un delegado que debe ser o haber sido miembro, o tener una función oficial en el organismo gobernante de esa Unión Miembro o Asociación Miembro. La Unión Miembro o Asociación Miembro puede nominar un representante que no cumpla estos criterios con la aprobación previa por escrito del Director Ejecutivo.
(b) El Director Ejecutivo de World Rugby debe recibir la comunicación con los nombres y direcciones de los delegados firmada por un funcionario de la Unión Miembro o Asociación Miembro involucrada por lo menos tres semanas antes de la fecha de la Asamblea General en la cual va a actuar el delegado.
(c) Un delegado representará solamente a una Unión Miembro o Asociación Miembro.
(d) Ninguna Unión Miembro o Asociación Miembro estará autorizada a enviar un delegado a una Asamblea General salvo que esa Unión Miembro o Asociación Miembro haya efectuado a World Rugby todos los pagos que deba efectuar bajo el punto 7(e)(ii) de estos Estatutos.
(e) Ninguna Unión Miembro o Asociación Miembro estará autorizada a enviar un delegado a una Asamblea General si esa Unión Miembro o Asociación Miembro ha incumplido (o presuntamente se halla en incumplimiento) del punto 4(a) de estos Estatutos o está sujeta a sanciones bajo el punto 9.6(q) de estos Estatutos.
8.5 Apoderados
Una Unión Miembro o Asociación Miembro puede designar un apoderado para asistir a la Asamblea General en lugar de un delegado debidamente designado que se encuentre imposibilitado de concurrir, siempre que ese apoderado:
(a) sea un miembro o persona con un cargo oficial en la Unión Miembro o Asociación Miembro debidamente designado como apoderado por esa Unión Miembro o Asociación Miembro para asistir a la reunión; y
(b) esté provisto del documento de nominación firmado por el correspondiente Secretario de la Unión Miembro o Asociación Miembro, autorizándolo a asistir a la Asamblea General en representación de la Unión Miembro o Asociación Miembro y a emitir su voto en ítems específicos de la agenda o en temas que requieran una votación.
8.6 Quórum
El quórum de una Asamblea General se compondrá con la asistencia de delegados que representen más del cincuenta por ciento de las Uniones Miembro y Asociaciones Miembro.
8.7 Votación
(a) Cada Unión Miembro o Asociación Miembro podrá emitir un voto.
(b) Las decisiones y recomendaciones serán decididas por mayoría simple de las Uniones Miembro y Asociaciones Miembro presentes y autorizadas a votar en la Asamblea General.
(c) La votación será por medio de una boleta de sufragio salvo que sea decidido de otro modo por la mayoría de las Uniones Miembro y Asociaciones Miembro presentes.