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10. El Comité Ejecutivo

Capitulo 10 : COMITÉ EJECUTIVO

Todos los miembros del Comité Ejecutivo actuarán (i) de acuerdo con sus tareas fiduciarias; (ii) para los mejores intereses de World Rugby y del juego global y (iii) de acuerdo a las leyes aplicables.

CAPITULO 10.    COMITÉ EJECUTIVO

10.1 Composición de la Comisión Ejecutiva

10.1.1 (a) La Comisión Ejecutiva estará formada por:

(i) el Presidente;

(ii) el Director Ejecutivo;

(iii) el Presidente de World Rugby Events Sociedad de Actividad Designada (DAC);

(iv) cuatro miembros elegidos por el Consejo entre los Representantes de Uniones de Alto Rendimiento de los cuales dos deben ser del Norte y dos deben ser del Sur;

(v) un Representante Regional;

(vi) un Representante de Uniones No de Alto Rendimiento;

(vii) tres Miembros Independientes propuestos por la Comisión de Nominaciones y aprobados por la Comisión Ejecutiva y el Consejo (de los cuales al menos dos deben ser mujeres); y

(viii) dos representantes de International Rugby Players de los cuales al menos uno debe ser mujer.

(b) Ninguna Unión Miembro o Asociación Miembro que no sea la Unión Miembro del Presidente tendrá más de un Representante en la Comisión Ejecutiva. 

(c) La Comisión Ejecutiva será presidida por el Presidente. 

(d) Ningún empleado o contratista de una Unión Miembro puede ser elegido para la Comisión Ejecutiva.

10.1.2 World Rugby desempeñará sus funciones como una entidad jurídica a través de World Rugby Limited. Los miembros de la Comisión Ejecutiva de tanto en tanto serán directores de World Rugby Limited. 

Todos los miembros de la Comisión Ejecutiva actuarán (i) en el mejor interés de World Rugby y del juego global; y (ii) de acuerdo a las leyes aplicables. Los Miembros de la Comisión Ejecutiva, para que no haya dudas, se recusarán a sí mismos ante cualquier decisión con la que tengan un conflicto de intereses. Todos los miembros de la Comisión Ejecutiva que sean también directores de World Rugby Limited actuarán de acuerdo con sus obligaciones como directores de World Rugby Limited.

10.1.3 La Comisión Ejecutiva podrá, de tanto en tanto, crear Otras Comisiones, de acuerdo con el punto 13.1 de estos Estatutos, grupos de trabajo, subgrupos y grupos asesores como lo considere necesario.

10.2 Designaciones de la Comisión Ejecutiva 

10.2.1 El Presidente será elegido de acuerdo con el punto 9.8.1 de los Estatutos.

10.2.3 El Vicepresidente será elegido entre los Miembros Representantes de la Comisión Ejecutiva elegibles de acuerdo con el punto 9.8.2 de los Estatutos.

10.2.3 El Director Ejecutivo (CEO) será designado de acuerdo con el punto 9.8.4 de los Estatutos.  

10.2.4 Otros cinco Miembros de la Comisión Ejecutiva serán elegidos por el Consejo entre los Representantes de acuerdo con el procedimiento establecido en el punto 9.9 de los Estatutos.

10.2.5 El Presidente de World Rugby Events DAC será designado de acuerdo con los artículos de la constitución de World Rugby Events DAC.  

10.2.6 (a) Los tres Miembros Independientes de la Comisión Ejecutiva serán propuestos por un panel formado por la Comisión Ejecutiva, deben ser Elegibles para ejercer el cargo en World Rugby y sujeto a la aprobación del Consejo, ser designados para la Comisión Ejecutiva.

(b) En caso que el Consejo no apruebe la propuesta(s) del panel formado por la Comisión Ejecutiva conforme el punto 10.2.6(a) de estos Estatutos, ese panel hará otra propuestas(s) hasta que el Consejo apruebe tres Miembros Independientes para la Comisión Ejecutiva.

(c) La persona designada como Miembro Independiente debe seguir satisfaciendo los Criterios de Independencia en toda la duración de su designación y deberá informar inmediatamente al Presidente cualquier incumplimiento real y/o potencial de los mismos. El Presidente y/o su representante podrá conducir una investigación sobre el cumplimiento de los Criterios de Independencia la cual puede también resultar en una acción disciplinaria y/u otra acción (incluyendo solicitar al Miembro Independiente la renuncia a la Comisión Ejecutiva).

10.2.7 Los miembros de la Comisión Ejecutiva de International Rugby Players serán nominados por International Rugby Players, sujetos a la aprobación del Consejo.

10.3 Mandato de la Comisión Ejecutiva

10.3.1 (a) El Presidente servirá en la Comisión Ejecutiva por un período equivalente a la duración de su mandato de acuerdo con el punto 9.8.1 de estos Estatutos.

(b) Los otros miembros de la Comisión Ejecutiva (excepto el Director Ejecutivo) serán elegidos generalmente pero no necesariamente en la Reunión Interina del año inmediatamente después de las Finales de la Copa del Mundo de Rugby y tendrán un mandato de un período de aproximadamente cuatro (4) años comenzando inmediatamente después de su elección hasta lo que sea anterior entre: (i) que se requiera que ese miembro renuncie a su cargo de conformidad con el punto 10.3.1(c) de estos Estatutos; o (ii) la Reunión Interina del año inmediatamente posterior a las Finales de la Copa del Mundo de Rugby que cae aproximadamente cuatro (4) años después de su elección.

(c) Los miembros de la Comisión Ejecutiva elegidos entre los Representantes por el Consejo sólo podrán seguir siendo miembros de la Comisión Ejecutiva si siguen siendo designados Representantes en el Consejo por su respectiva Unión Miembro o Asociación Miembro y cesarán en su cargo en la Comisión Ejecutiva inmediatamente después de cesar como Representantes. 

(d) Subordinado a lo antedicho, según corresponda, los miembros de la Comisión Ejecutiva pueden ser reelegidos y/o ser aprobados nuevamente por un período adicional de membresía de la Comisión Ejecutiva hasta un máximo de ocho años acumulados excepto que cuando el mandato del Presidente de acuerdo al punto 9.8.3 de estos Estatutos se extienda más allá del máximo de ocho años acumulados el Presidente seguirá siendo Miembro de la Comisión Ejecutiva por un período equivalente a la duración de su mandato de acuerdo al punto 9.8.3 de estos Estatutos.

(e) El Director Ejecutivo permanecerá como miembro de la Comisión Ejecutiva por toda la duración en su cargo.

10.3.2 En caso que se produzca una vacante en la Comisión Ejecutiva, subordinado al punto 9.8.3(f) de estos Estatutos, el Presidente podrá designar un reemplazo interino hasta que la posición pueda ser formalmente cubierta en la próxima reunión del Consejo subordinado a lo siguiente:  

(a) cuando la vacante sea de uno de los cinco Representantes, el Presidente podrá designar un reemplazo interino entre los Representantes; y

(b) cuando la vacante sea de uno de los tres Miembros Independientes, el Presidente podrá designar un reemplazo interino que haya sido propuesto por la Comisión de Nominaciones.  

(c) cuando la vacante se relacione con el Representante Regional que ha sido designado en base a rotaciones, será designado el nuevo Presidente de la Asociación Regional correspondiente que sea miembro del Consejo;

(d) cuando la vacante se relacione con uno de los dos Representantes de International Rugby Players, el Presidente podrá designar una nueva nominación efectuada por International Rugby Players;

La persona que cubra la vacante después de esa reunión del Consejo será miembro de la Comisión Ejecutiva hasta que termine el mandato del miembro que reemplazaron como está establecido en el punto 10.3.1 de estos Estatutos.

10.4  Roles, Facultades y Responsabilidades de la Comisión Ejecutiva

Los roles, facultades y responsabilidades de la Comisión Ejecutiva serán:

(a) La formulación e implementación, en conjunto con la administración, de la misión, metas estratégicas y planes de World Rugby sujeto a la ratificación del Consejo;

(b) La aprobación del plan anual de negocios y los presupuestos anuales;

(c) El monitoreo de la implementación de la misión, metas estratégicas y planes y del plan anual de negocios, plan operativo y presupuestos de World Rugby y la evaluación del desempeño contra indicadores clave de rendimiento;

(d) La designación y remoción de personas de Comisiones Permanentes, grupos asesores, World Rugby Events DAC y sus entidades asociadas, Comisiones Organizadoras locales de la Copa del Mundo de Rugby y grupos de trabajo y la supervisión de esas Comisiones Permanentes, grupos asesores, grupos de trabajo y entidades del Grupo World Rugby sujeto al párrafo (e). La Comisión Ejecutiva recibirá informes de las comisiones correspondientes tales como la Comisión de Rugby de Alto Rendimiento Masculino, Femenino y de Seven y de la Comisión de Regulaciones en relación con modificaciones propuestas a las Leyes del Juego y a las Regulaciones respectivamente sobre las cuales podrá efectuar comentarios al Consejo sin modificar las recomendaciones de la correspondiente Comisión Permanente en este aspecto solamente; 

(e) La designación de personas, siguiendo propuestas de la Comisión de Nominaciones y la remoción de personas del Directorio de Rugby World Cup Limited y de World Rugby Events DAC. El Directorio de Rugby World Cup Limited y de World Rugby Events DAC responderá ante la Comisión Ejecutiva y la Comisión Ejecutiva recibirá informes del Directorio de Rugby World Cup Limited y de World Rugby Events DAC;

(f) La formulación e implementación de buenos principios y prácticas de gobernanza corporativa;

(g) Garantizar que World Rugby opere como una organización eficaz de negocios y de servicios a los miembros;

(h) Designar una firma de Contadores Públicos para realizar la siguiente auditoría anual para los miembros del Grupo World Rugby;

(i) Captar, remover, monitorear, evaluar el desempeño y decidir las delegaciones de autoridad y responsabilidades del Director Ejecutivo;

(j) Aprobar gastos, contratos y compromisos que exceden la autoridad del Director Ejecutivo;

(k) Asegurar la existencia de un sólido sistema de control interno y una política de manejo de riesgos y que haya procesos vigentes para identificar y manejar riesgos;

(l) Asegurar que existen códigos apropiados y marcos de políticas para promover la gobernanza efectiva de World Rugby a través de la clara redacción y regular revisión y actualización de:

(i) Las políticas de World Rugby;

(ii) Planes: estratégico, de negocios y operativo anual;

(iii) Órdenes y términos de referencia permanentes para comisiones y grupos asesores;

(iv) Procedimientos y protocolos para las operaciones de las entidades del Grupo World Rugby excepto Rugby World Cup Limited y sus entidades asociadas;

(v) Facultades y límites de autoridad claramente definidos y delegados para la toma de decisiones de la Comisión Ejecutiva, las Comisiones Permanentes y el personal;

(vi) Políticas de riesgos y auditoría (incluyendo sin limitación a través de la Comisión de Auditoría y Riesgos creada conforme el capítulo 11 de estos Estatutos);

(vii) Políticas y procedimientos operativos standard;

(m) Entre las Reuniones del Consejo, resolver asuntos de emergencia conforme el capítulo 12 de estos Estatutos; 

(n) Subordinado al párrafo (m), cumplir con otras responsabilidades que no caigan dentro de la jurisdicción constitucional, legal o estatutaria del Consejo o de otra persona o entidad dentro de los Estatutos requerida para asegurar la efectiva administración y operación de World Rugby;

(o) Recibir y aprobar los estados financieros auditados de World Rugby Limited del año fiscal precedente.

(p) Suspender la membresía de World Rugby de una Unión Miembro o Asociación Miembro de acuerdo con el punto 6(f) de estos Estatutos.

(q) Aprobar la Política Médica de World Rugby. El Director Médico tendrá el derecho de asistir a las reuniones y dirigirse a la Comisión Ejecutiva en relación con los asuntos médicos y a presentar ante la Comisión Ejecutiva para su consideración las cuestiones médicas que considere adecuadas; 

(r) Decidir las Uniones Miembro Anfitrionas de todos los torneos World Rugby excepto los Torneos de Copa del Mundo de Rugby (Masculinos, Femeninos y Seven), y 

(s) Aprobar Partidos Internacionales y Contratos de Giras.

10.5 Votaciones de la Comisión Ejecutiva 

Las decisiones de la Comisión Ejecutiva se tomarán por mayoría simple de los miembros presentes: cada miembro de la Comisión Ejecutiva tiene un voto y además el Presidente también tendrá el voto de desempate aparte de su voto deliberativo. 

10.6 Reuniones de la Comisión Ejecutiva

La Comisión Ejecutiva se reunirá en la medida de lo posible en forma presencial por lo menos dos veces por año y en otras ocasiones que corresponda en forma presencial o utilizando la tecnología. 

10.7 Quórum

El quórum para una reunión de la Comisión Ejecutiva será la presencia de por lo menos el 70% de los miembros de la Comisión Ejecutiva incluido al menos un Funcionario (que no tenga un conflicto de intereses en relación con los asuntos relevantes de la reunión en cuestión).

10.8 Resoluciones por escrito de la Comisión Ejecutiva

(a) Una resolución por escrito firmada por una mayoría simple de los miembros de la Comisión Ejecutiva con derecho a voto sobre el asunto pertinente, teniendo cada miembro de la Comisión Ejecutiva un voto y, además, el Presidente un voto de desempate además de su voto deliberativo, será tan válida y efectiva como una decisión tomada en una reunión de la Comisión Ejecutiva.

(b) La resolución por escrito puede estar contenida en un solo documento o comunicación en cualquier formato electrónico o en varios documentos o comunicaciones en cualquier formato electrónico (en forma similar), cada uno de ellos firmado por uno o más de los miembros de la Comisión Ejecutiva.